El pasado 24 de febrero el Gobierno anunciaba una nueva línea de ayudas directas para pymes y autónomos de 11.000 millones de euros. Finalmente, se aprobaron a través del Real Decreto 5/2021 del 12 de marzo, 7.000 millones de ayudas directas para pymes y autónomos a través del “Fondo de ayudas directas a empresas”, 3.000 millones en reestructuración de créditos ICO y 1.000 millones para recapitalización de empresas.
En cuanto al “Fondo de ayudas directas” se ha establecido una serie de requisitos que las empresas deberán cumplir, muy similar a los requisitos de los avales ICO:
- No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o condenado por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos;
- No haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración, por causa de la que hubiese sido declarado culpable;
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas;
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social;
- No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, del 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso;
- No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Por otro lado, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos a nivel financiero:
- Haber sufrido una caída mínima del 30% de la facturación en 2020 y siempre que se haya registrado un resultado neto positivo en 2019.
- La ayuda máxima que se concederá será un 40% de todo aquello que supere el primer 30% de caída de facturación en los autónomos que no tributen en módulos y en las pymes con hasta diez trabajadores.
- Para el resto será el 20% de lo que sobrepase el 30% de disminución de ingresos.
Veamos un ejemplo para aquellas empresas que tengan menos de 10 trabajadores. Supongamos que una empresa ha facturado 100€ en 2019, y 50€ en 2020. La ayuda máxima que podría percibir sería de un 40% sobre aquello que supere el primer 30%. Por lo que en este caso sería -100€x30%=70€; 70€-50€=20€- 20€x40%=8€. Con este ejemplo podemos ver que la ayuda directa no cubre la caída del primer 30% de la facturación.
Por otro lado, tal y como explicaba la ministra Nadia Calviño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, respecto a los 3.000 millones de euros para la reestructuración de créditos ICO, las entidades financieras podrán seguir tres vías para ayudar a sus clientes:
- Se podrá optar a una prórroga de los plazos de vencimiento de los préstamos ICO por un periodo adicional.
- Estos préstamos avalados se podrán convertir en préstamos participativos. Este tipo de préstamos se caracterizan por estar ligados al funcionamiento/actividad de la empresa. Es decir, el pago del interés dependerá de los resultados de la empresa. Por lo que, este tipo de préstamos tienen un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles, con lo que ayudaría a reforzar los recursos propios de las empresas y no incurrir en causas obligatorias de declaración de concurso de acreedores.
- Por último, las posibles quitas para reducir la financiación avalada percibida por las empresas, aunque, tal y como señalan desde el ministerio de Economía, estas quitas solo se utilizarán “como medida de último recurso”.
En conclusión, el Gobierno ha optado por un plan de ayudas directas a empresas de €7.000 millones necesarios para que el tejido empresarial pueda superar la crisis provocada por la pandemia. Sin embargo, según el informe publicado por el Banco de España El impacto económico del Covid 19 en las empresas españolas según la encuesta del Banco de España sobre la Actividad Empresarial, la caída de la facturación media de empresas de 0 a 9 empleados en 2020 fue del 19%, mientras que las empresas con entre 10 y 49 empleados fue de -17,9%.
Tabla 1
Teniendo en cuenta los datos de la Tabla 1 vemos que los requisitos financieros impuestos -caída del 30% de la facturación-, pueden ser un requisito demasiado exigente para muchas empresas viables.
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